La Campaña de la Renta arrancará el próximo 2 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, finalizando el 30 de junio de 2025.

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.

CAMBIOS A TENER EN CUENTA PARA EL EJERCICIO 2024

TE AYUDAMOS CON TU DECLARACIÓN

Aplicación de la reducción por alquiler de vivienda habitual

  • En un 90% cuando se haya formalizado por el mismo arrendador un nuevo contrato de arrendamiento sobre una vivienda situada en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción en la renta de al menos un 5% sobre el contrato anterior.
  • En un 70% cuando, no cumpliéndose los requisitos de la letra anterior, se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas, o bien, se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.
  • En un 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de las letras anteriores, la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.
  • En un 50% en cualquier otro caso.
Deducciones de hasta un 60% por obras de eficiencia energética en vivienda.
Deducción del 15% por compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga.

C/ 19 de Abril, número 23, 03193 San Miguel de Salinas, Alicante

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